Código de Ética Editorial
Marco ético del proceso editorial del ISTB, basado en los Arts. 28 a 31 del Reglamento de la Editorial, las Core Practices del COPE y la Declaración de Singapur sobre Integridad en la Investigación (2010, revisada 2022).
📜 Marco normativo
Este Código se fundamenta en los Artículos 28 a 31 del Reglamento de la Editorial, en las recomendaciones de la Declaración de Singapur sobre Integridad en la Investigación (4 principios: honestidad, responsabilidad, cortesía profesional y buena gestión), y en las Core Practices del COPE para editores y comités editoriales.
🎯 Principios éticos (Art. 28)
Toda obra publicada por la Editorial ISTB debe observar los siguientes principios:
Honestidad académica e integridad científica
La Editorial promueve la transparencia y la veracidad en todas las etapas del proceso editorial, desde la presentación de originales hasta la publicación y preservación de las obras.
Respeto a la autoría y rechazo al plagio
Se reconoce la autoría legítima de quienes contribuyen a la obra conforme a la taxonomía CRediT. Se rechaza toda forma de plagio, apropiación indebida de ideas, datos o contenidos sin la debida atribución.
Rechazo a la fabricación o falsificación de datos
No se aceptan obras con datos fabricados, falsificados u omitidos de forma intencional. Los autores son responsables de la integridad de los datos presentados.
Transparencia en conflictos de interés
Autores, evaluadores y miembros del Consejo Editorial deben declarar cualquier conflicto de interés, real o percibido, conforme al Art. 17(b) y al F-02 (Declaración).
Confidencialidad del proceso de evaluación por pares
Los evaluadores externos deben mantener la confidencialidad del manuscrito y de su contenido, y no utilizar la información para fines distintos a la evaluación (F-03 sección D).
Doble ciego en la revisión por pares
El sistema de revisión por pares es doble ciego: ni evaluadores ni autores conocen recíprocamente sus identidades (Art. 19).
🚫 Prácticas prohibidas (Art. 28-30)
La propuesta establece que el Comité Científico, el Consejo Editorial y el Editor General deberán velar porque las publicaciones no incurran en ninguna de las siguientes prácticas:
- Plagio total o parcial, incluida la apropiación de ideas, datos, figuras o textos sin la debida atribución de autoría (Art. 28).
- Fabricación o falsificación de datos, resultados, imágenes o cualquier contenido empírico (Art. 28).
- Autoría ficticia o contribución no declarada, incluyendo la inclusión de autores que no participaron o la omisión de quienes sí contribuyeron.
- Sometimiento simultáneo del mismo manuscrito a otra editorial o revista sin notificación expresa.
- Publicación duplicada (redundante) sin la debida declaración y autorización.
- Conflicto de interés no declarado por parte de autores, evaluadores o editores.
- Manipulación del proceso de revisión por pares o intento de influir indebidamente en el dictamen.
- Incumplimiento de las normas éticas de investigación con seres humanos, animales o datos sensibles.
🔍 Herramientas de detección
La propuesta contempla las siguientes herramientas y criterios para la aplicación del Art. 29:
Umbral indicativo de similitud (Art. 29): Cuando un informe reporta un porcentaje de coincidencia igual o superior al 20 % respecto de fuentes externas, el Editor General solicitará al autor una explicación escrita y, según el caso, la revisión por parte del Comité Científico.
⚖️ Procedimiento ante incumplimiento (Art. 30)
La propuesta define el siguiente procedimiento ante un posible incumplimiento ético:
📬 Quejas y apelaciones (Art. 31)
Los autores pueden presentar quejas o apelaciones sobre las decisiones del proceso editorial en los siguientes plazos:
El canal oficial para la presentación de quejas y apelaciones es el correo electrónico de la Secretaría Técnica del Consejo Editorial: editorial.istb@istb.edu.ec.